jueves, 28 de febrero de 2008

P.A.R.I.A.S. EN CAMPAÑA ELECTORAL (II)

P.A.R.I.A.S.
Partido de Alternativa Reformista Independiente de Acción Social
COMPROMISOS PROGRAMATICOS

PROGRAMA ELECCIONES GENERALES DEL 9 DE MARZO

Gobernando este partido, se compromete a hacer públicas previamente a la toma de posesión en el cargo o al acto de la firma del Acta de Diputado las declaraciones de Renta y Patrimonio de todos sus miembros electos.
Lo propio harán los nombramientos de libre designación. Nombramientos que se regirán EXCLUSIVAMENTE por criterios de capacidades y habilidades, evaluadas por un COMITÉ formado por TODOS LOS PARTIDOS CON REPRESENTACION PARLAMENTARIA.


TODOS AQUELLOS QUE OSTENTEN CUALQUIER CARGO REMUNERADO CON DINERO PUBLICO, harán pública de forma OBLIGATORIA esta misma información semestralmente.Ello será regulado mediante Ley Orgánica.

No habrá más limitación de esta información a los ciudadanos que aquellas que aconsejen la seguridad de las personas. Ello, no menoscabará el derecho a la información del patrimonio de sus gobernantes y cargos públicos en lo más mínimo, por parte de los ciudadanos.

Ello se llevará a cabo, durante el ejercicio del cargo y los cuatro años posteriores a la salida del mismo.


Cualquier Cargo Público del P.A.R.I.A.S. enfrentado a una investigación judicial admitida a trámite y con curso procesal por corrupción o cualquier otro delito, abandonará inmediatamente su cargo de forma voluntaria o será cesado y POR SUPUESTO EXPULSADO del P.A.R.I.A.S.

Los delitos contra la Hacienda Pública, la Seguridad Social o el Patrimonio Público en cualesquiera de sus formas, es decir el Patrimonio de TODOS, serán CASTIGADOS SIEMPRE CON PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD, AL IGUAL QUE AQUELLOS DELITOS DE ALZAMIENTO DE BIENES QUE COMPORTEN PÉRDIDAS DE EMPLEO O ATENTEN CONTRA LA SEGURIDAD FISICA Y JURIDICA DE LOS TRABAJADORES.

LA REFORMA CONSTITUCIONAL (ENTREGA SEGUNDA)-
En negrita la reforma propuesta

ARTÍCULO 4

1.- La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja,siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas. Figurará visible Y EN LUGAR PREFERENTE en todos los edificios públicos de cualquier Administración y Corporación, ondeando conjuntamente con la bandera de la Comunidad Autónomica, la de la Corporación Municipal y la de la Comunidad Europea.

ARTÍCULO 8

1.- Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire,tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional-

Asímismo en caso preciso, ejecutarán cuantas acciones pertinentes considere el Gobierno que sean propias del Interés General de los Ciudadanos, muy especialmente en casos de seguridad de personas e instalaciones, casos de calamidad pública o emergencia, casos de protección de los ecosistemas, suministros básicos a la población, casos subversión muy grave de la legalidad vigente y cualesquiera otros dentro siempre de los márgenes jurídicos a que están sujetas las FA's y a la subordinación ABSOLUTA al Gobierno de la Nación.


ARTÍCULO 9

1.- Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico-Todos, vienen en la obligación de cumplir y hacer cumplir esta Constitución

3.- El Estado podrá concertar tratados de doble nacionalidad con los países iberoamericanos o con aquellos que hayan tenido o tengan una particular vinculación con España. En estos mismos países, aún cuando no reconozcan.SIEMPRE QUE RECONOZCAN a sus ciudadanos un derecho recíproco, podrán naturalizarse los españoles sin perder su nacionalidad de origen.

ARTÍCULO 13

1.- Los extranjeros COMUNITARIOS Y NO COMUNITARIOS, gozarán en España de las libertades públicas DERECHOS Y OBLIGACIONES que garantiza el presente Título en los términos que establezcan los tratados y la ley.Siempre y cuando los informes obtenidos por los diferentes Organismos estatales, sean favorables para ello.En caso contrario, simplemente no se les permitirá la entrada al país o serán expulsados del mismo, con la excepción de razones humanitarias o de asilo político debidamente razonadas y documentadas.La firma del CONTRATO de INTEGRACION, en los caso que proceda, será obligatoria para permanecer legalmente en el País.

Todo lo anterior será detalladamente regulado por Ley Orgánica y tutelado por Jueces y Tribunales.
.
La comisión de delito por parte de inmigrantes, será causa de EXPULSION MEDIATA del TERRITORIO NACIONAL y la imposibilidad de regresar a España.

Este proceso será en forma de Juicio Ultra-Rápido, sin menoscabo de las garantías procesales que rigen en el Estado de Derecho Español


ARTÍCULO 20

1.- Se reconocen y protegen los derechos:

a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción. b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica. c) A la libertad de cátedra. d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión.-Con la salvedad de aquellas que alienten ideas racistas, xenófobas, homófobas, violentas o dirigidas a subvertir el ordenamiento juridico.
La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.

2.- El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.Salvo lo expresado en el Art. 20.1 y siempre mediando Decisión Judicial.

ARTÍCULO 21

1.- Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará de autorización previa.

2.- En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación-se solicitará autoriazación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, atenten contra los derechos de otras personas, el bien e interés común o SUPONGAN peligro para personas o bienes. No serán nunca permitidas manifestacíones que hagan apología de cualquier forma de violencia, racismo, xenofobia, marginación, exclusión o que pretendan conculcar derechos fundamentales de la persona. De ser necesario, la Autoridad, utilizará fuerza razonable bastante para disolver estos actos y reestablecer el Orden.
ARTÍCULO 23

1.- Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal-

Se permiten y fomentan las Candidaturas en forma de Listas Abiertas.

Asimismo los ciudadanos tienen el derecho a conocer a los Diputados y Senadores de su circunscripción a saber la ubicación de sus despachos públicos y a ser atendidos siempre por ellos en caso de solicitarlo.


2.- Los ciudadanos, tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes.- Que serán únicamente los de idoneidad
La adjudicación de plazas laborales de la Administración, mediando afinidades politicas, precio o recompensa por parte de Cargo Politico serán consideras DELITO y DECLARADAS NULAS DE PLENO DERECHO.

ARTÍCULO 25

2.- Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados y podrán consistir en trabajos para la comunidad. El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales de este Capítulo, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria.

En todo caso, tendrá derecho a trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social, así como al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad-


En delitos de extrema gravedad como los de terrorismo,violación,asesinato,secuestro, torturas, pederastia, tráfico de personas o delitos perpetrados contra colectivos especialmente vulnerables: NIÑOS, VIOLENCIA DE GÉRERO, ANCIANOS Y/O DISMINUIDOS el Código Penal PREVEERA LA CONDENA A PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD con carácter de PERPETUIDAD.

Dichas condenas, una vez firmes, serán revisadas cada 10 años, SALVO CONCURRENCIA DE PRUEBAS DETERMINANTES DE INOCENCIA.


ARTÍCULO 27

1.- Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.

2.- La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.La solidaridad, el respeto,la igualdad, el esfuerzo,la superación personal, serán valores fundamentales.

3.- Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.Ello, se llevará a término en el ámbito exclusivamente privado.

4.- La enseñanza básica es obligatoria y gratuita- E igual en todas las Comunidades Autónomas.Será regulada por el Gobierno Central y se garantizará la equidad y calidad competencial de la misma.

ARTÍCULO 28

1.- Todos tienen derecho a sindicarse libremente. La ley podrá limitar exceptuar el ejercicio de este derecho a las Fuerzas o Institutos armados o a los demás Cuerpos sometidos a disciplina militar y regulará las peculiaridades de su ejercicio para los funcionarios públicos. La libertad sindical comprende el derecho a fundar sindicatos y a afiliarse al de su elección, así como el derecho de los sindicatos a formar confederaciones y a formar organizaciones sindicales internacionales o a afiliarse a las mismas.

Nadie podrá ser obligado a afiliarse a un sindicato.- Al colectivo militar se le reconoce el derecho de crear ASOCIACIONES PROFESIONALES, AL IGUAL QUE A OTROS FUNCIONARIOS PÚBLICOS, COMO LOS DE LA CARRERA JUDICIAL.

2.- Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad-

Aquellas huelgas que en su desarrollo perjudiquen severamente los Derechos Fundamentales de los Ciudadanos,(SANIDAD, TRANSPORTES P.E.) deberán llevarse a término de forma especialmente regulada por Ley.Reservándose el Estado la adopción de cuantas medidas fueran precisas para el restablecimiento de los Derechos Fundamentales que recoge la presente Constitución.


SECCIÓN SEGUNDA. DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS CIUDADANOS

ARTÍCULO 30

1.- Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España-Todo ciudadano y ciudadana español/a servirá durante cien días en las fuerzas armadas entre los 18 y los 30 años de edad con derecho a reserva del puesto de trabajo y preferentemente en aquellas especialidades que escojan, esta prestación será remunerada y podrá ser fraccionada en el tiempo.

LOS CONOCIMIENTOS ALLÍ RECIBIDOS, SERÁN PREFERENTEMENTE LOS PROPIOS DE LOS PRIMEROS AUXILIOS, DEFENSA CIVIL, PROTECCION CIVIL,SALVAMENTO Y EXTINCIÓN, ACCIONES HUMANITARIAS Y CONDUCTA ANTE SITUACIONES DE EMERGENCIA. Que serán reconocidos por la Sociedad Civil.

LOS CONOCIMIENTOS BÉLICOS IMPARTIDOS, SERAN ÚNICAMENTE LOS BASICOS ELEMENTALES PARA PODER COLABORAR SI FUERE PRECISO EN LA DEFENSA Y SEGURIDAD NACIONAL
Aquellos que lo deseen, podrán optar libremente finalizado su perido básico de prestación a ser profesionales de las FA's

2.- La ley fijará las obligaciones militares de los españoles y regulará, con las debidas garantías, la objeción de conciencia, así como las demás causas de exención del servicio militar obligatorio, pudiendo imponer, en su caso, una prestación social sustitutoria.

3.- Podrá establecerse un servicio civil para el cumplimiento de fines de interés general.

4.- Mediante ley podrán regularse-se regularán los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo,catástrofe o calamidad pública-que vendrán obligados a cumplir. El no cumplimiento de esta Ley comportará sanciones penales

ARTÍCULO 31

1.- Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio- Las multas, impuestos y sanciones cumpliran estrictamente el principio de proporcionalidad a las rentas del los administrados o infractores.Es decir no se tratará nunca de una cantidad concreta a pagar, sino una cuota porcentual de sus ingresos, patrimonio, bienes o propiedades

CAPÍTULO TERCERO. DE LOS PRINCIPIOS RECTORES DE LA POLÍTICA SOCIAL Y ECONÓMICA

ARTÍCULO 40
1.- Los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica.

De manera especial realizarán una política orientada al pleno empleo- y a la protección de los más desfavorecidos, disminuidos y ancianos-Por ello ejercerán una vigilancia ejecutiva sobre la evolución de los precios de los suministros básicos, los alimentos y de la vivienda a fin de garantizar los Derechos Constitucionales y evitat la especulación y el enriquecimiento injusto.
Especial atención y control soportarán las Entidades Crediticias, Bancarias y de Gestión de Valores bursátiles por sus peculiares caractéristicas y con el fin de evitar abusos y arbitrariedades.2.-

Asimismo, los poderes públicos fomentarán una política que garantice la formación y readaptación profesionales, velaran por la seguridad e higiene en el trabajo y garantizarán el descanso necesario, mediante la limitación de la jornada laboral, las vacaciones periódicas retribuidas y la promoción de centros adecuados.

ARTÍCULO 47

Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los Poderes Públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación-

Para ello se fomentarán CUOTAS OBLIGATORIAS DE VIVIENDA DE PROTECCION OFICIAL QUE NUNCA SERÁN INFERIOR AL 50% DE LA VIVIENDA CONSTRUIDA


Continuara...

viernes, 22 de febrero de 2008

LA "OTRA" CAMPAÑA ELECTORAL

Hola lectores/AS…entramos en campaña también desde este, vuestro blogg. Gracias por estar ahí.

Esta vez no voy a criticar a la Casta Dominante… NO….a menos que se pasen más de lo habitual. Voy a mojarme, voy a intentar demostrar que hay OTRAS VIAS.

Intentaré “en campaña” ofrecer alternativas diferentes a las que manejan las fuerzas políticas que todos SOPORTAMOS Y MANTENEMOS CON NUESTROS IMPUESTOS. Evidentemente y en la línea editorial de este Blogg, este partido, nunca ganaría unas elecciones en España.

Hay demasiado clientelismo, demasiada corrupción, sobra “status quo” y faltan ganas de pensar y de trabajar. Asquea tanta Manipulación, Intoxicación y Desinformación, además de muchas dosis de idiocia y buenismo bien inyectadas en la ovina Sociedad Española. Quién nos aliena, es básicamente la casta del político vividor profesional.

Demasiado para que una opción como la que aquí se propone, pueda alcanzar el Gobierno de todos y para todos sin papanatismos y con rigor, intentando afrontar los problemas reales de las personas.

Evidentemente poco buenrrollismo y mucho curro es lo que os propondré.

¿Que me impide promulgar públicamente y pacíficamente la posibilidad de otras opciones reales?¿que os impide a vosotras y vosotros leerlas, criticarlas y aportar lo que queráis?...Afortunadamente y de momento, todavía nada.
Pero…nadie votaría a este partido por una razón o por otra.
Podéis estar seguros.

P.A.R.I.A.S.

Partido de Alternativa Reformista Independiente de Acción Social

Este partido se compromete a consultar mediante REFERENDUM PLENARIO POR SUFRAGIO UNIVERSAL a toda la ciudadanía en todas aquellas acciones de Gobierno de alcance, tales como Reformas Jurídicas, Envío de Tropas y cualesquiera que comporten un compromiso futuro, serio y perdurable para toda la ciudadanía, partiendo de la base de que se gobierna por y para todos.

PROGRAMA ELECCIONES GENERALES DEL 9 DE MARZO

REFORMAS CONSTITUCIONALES (en negrita la Reforma Constitucional propuesta)

1.- España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político, siempre que los derechos que aquí se materializan, no fueran utilizados o pervertidos para destruir los mismos valores enumerados que son el bien común máximo que a sí mismos se otorgan los ciudadanos y ciudadanas españoles.

En ese caso el Gobierno legislará penalmente esas acciones que podrán ser calificadas como de Traición al Estado de Derecho y Conspiración para suprimir las Libertades Individuales .

2.- La soberanía nacional reside en el pueblo español en pleno, del que emanan los poderes del Estado.
No pudiendo realizarse cambio alguno en el Ordenamiento Jurídico, convivencial y Territorial a no ser en forma de REFERENDUM PLENARIO POR SUFRAGIO UNIVERSAL en el que deberán decidir todos los españoles y españolas, por afectar estas decisiones a toda la ciudadanía.

3.- La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria. La Misión principal de la Monarquía es la de la Embajada Internacional de Paz, Entendimiento , Acuerdo , Moderación y Convivencia en aquellos foros y países que el Gobierno determine.

ARTÍCULO 2

La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas. No obstante, por razones de Estado y Seguridad Nacional: Determinadas competencias obrarán siempre en manos del Gobierno Central del Estado.

Otras competencias autonómicas puntualmente y con clara definición de espacio y tiempo a criterio del Gobierno tras escuchar al Pleno del Parlamento y al CONSEJO JURIDICO DEL ESTADO (Organo Independiente de nueva creación), podrán ser suprimidas-suspendidas de forma provisional, con el fin de asegurar los derechos de gentes.

ARTÍCULO 3
1.- El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla. Quién proceda por activa o por pasiva a cercenar, menoscabar, dificultar este derecho, incurrirá en delito. Las Autoridades, deben fomentar la convivencia natural de todas las lenguas que se hablen en su ámbito competencial, por consistir esto una riqueza añadida a la pluralidad de nuestro País.



RELIGION

España ES un país LAICO. Ninguna creencia religiosa o tendencia existencial, recibirá por tanto dinero de las Arcas del Estado. Aquellas confesiones que no pudieran atender el Patrimonio Histórico Artístico que poseen y que serán declaradas entonces por parte del Gobierno, Propiedad del Estado, deberán ponerlo en conocimiento inmediato del Ministerio de Patrimonio y Bienes Culturales e Histórico Artísticos, para que el Estado asuma el mantenimiento, restauración, policía y administración de las mismas.

NINGUNA creencia religiosa podrá intervenir fácticamente en cuestiones de Interés General, en dónde la Soberanía, reside por definición en los ciudadanos y ciudadanas respetándose el libre posicionamiento religioso de todas las personas.

Las opciones de culto serán estrictamente respetadas por el Gobierno en el ámbito rigurosamente privado e íntimo de las personas.

Las acciones religiosas y exhibición de elementos de culto en lugares públicos será regulada por Ley. Prevaleciendo siempre el principio de IGUALDAD ,LIBERTAD e INTERÉS GENERAL.

Aquellas organizaciones religioso-culturales o tendencias espirituales que hagan apología de la violencia, odio, desigualdad, racismo o xenofobia, serán declaradas ILEGALES y perseguidos sus Responsables de Oficio por el Ministerio Fiscal.

Los profesionales de la religión, serán únicamente sostenidos económicamente por aquellos ciudadanos y ciudadanas que profesen un determinado culto o aquellos que obtengan determinada prestación o servicio, como pudiera ser el caso de la Educación.

No obstante, las diferentes opciones de culto debidamente legalizadas en forma de ONG, podrán presentar libremente sus programas de acción al Ministerio de Acción Social y Solidaridad que decidirá que proyectos-exclusivamente por su interés social y solidario-, pueden ser parcialmente financiados por el Estado.

Continuará...





sábado, 16 de febrero de 2008

Pressing Catch...Es el problema

Estupor ante la osadía, ira ante la demagógia. Tanto nos desprecian a los mortales comunes, los imbéciles intelectualoides progres subencionaos de la gauche divine que son capaces de intentar hacernos desviar la atención de los problemas en general y los de la adolescencia en particular en la inminencia de unas Elecciones Generales: Demonizando al Pressing Catch como fuente de los problemas, múltiples y serios que sufre una parte importante de nuestra juventud adolescente...


¿No sería honesto y sincero aquello de exigir a cualquier partido que concurra a unas Elecciones aquello de PROGRAMA, PROGRAMA Y PROGRAMA que decia D. Julio Anguita, ante los problemas de la adolescencia-juventud y cualesquiera otros?


Creo que estamos próximos a tocar techo, el techo del absurdo de lo irracional del más puro canuto demagógico.¿De modo que el problema de nuestros adolescentes es el Presing Catch?. Lo dicen algunos psicólogos- esos psiquiátras frustrados- (que miedo) y algunas asociaciones de profesores y de papás y mamás de alumnos...hay que retirar la emisión del programa Pressing Catch de "la franja de máxima protección " ME ABRUMA TANTA SABIDURÍA...¿máxima protección de qué de quién?.

De la protección que ofrecemos a los muchachos/as ¿cuando?

Lo que Borja-Mari hace cuando navega sin control alguno en la intimidad de su "estudio" por Internet. Lo que Laura hace cuando sale-en secreto- de botellón. Lo que Alberto hace cuando mata "moromierdas" en la videoconsola hasta erectar. Lo que a Jorge y a los colegas les pone, es ver a Sylvester matando "chinos" con ráfagas infinitas de ametralladadora M-60.

Luego demasidas veces, se ponen la Bomber U.S.A.F. , las Martins y hacen lo mismo, versión lata gasofa: Con negros, indigentes o sudacas, quemando el cajero automático o los cartones en donde malduermen y orinándoles encima a mayor humillación y escarnio. Graba Jose Carlos graba¡¡

Pero el problema, es el Pressing Catch que genera violencia.

Lo que los chavales se tragan en cualquier informativo, servido a la hora de la comida a base de tripas esparcidas por Al Quaeda, sólos o en compañía de otros. Las puñaladas del último machote ibérico a su parienta- ahora tendencia hijos incluidos- los disparos en el Campus del último héroe paranoico, el cruce de epítetos entre famosetes o el patético ejemplo de la estrella del fútbol destrozando el menisco del rival a mayor placer y berrear del circo de forofos salvajes...

Eso no es problema, el problema es el Pressing Catch.

Lo que muchos chavales/as, se meten en sangre, más temprano que tarde en forma de "pastis", farlopita, priva o marihuana...no es un problema tú. Entre otros cosas porque es lo mismo que hacen o hacían sus "papis".

El problema, es el Presing Cath...Fijo que sí.

El fracaso escolar, la ausencia de metas y valores , la anómia, la falta de respeto, el bulling, las filmaciones del movil en Internet, la violencia contra el/la diferente, la burla al disminuido/a, el recochineo ante la Polícia...eso no son problemas. La falta de recursos de autoridad material de los padres y madres responsables para corregir en la Era del Buenrrollito...

El problema, es el Presing Catch.

Las putadas a los "profes" hasta lo inimaginable, el no dar un palo al agua...ni tener intención de darlo, el aprobado "por aburrimiento institucional", la debilidad ante el fuerte, la fuerza ante el débil, el analfabetismo estructural...eso no es son problemas. Quíaaahhh.

El problema, es el Pressing Catch.

La falta de salidas vitales claras para la juventud, la ausencia de expectativas profesionales, la explotación de becarios y no becarios, la imposibilidad de independizarse, las broncas de papá y mamá porlaputahipoteca que acaba el siglo que viene....eso no son problemas.

El problema, es el Pressing Catch. POR ELLO:

Ínstese a su S.S. D. Baltasar que está ahora en fase maniaca, para que proceda a encarcelar preventivamente de inmediato a esos terroristas de la lucha libre que SIMULAN terribles golpes. Apólogos del Mal en estado puro... :Que trabajan horas y horas en el gimnasio, para ganarse el pan sin romperse el cuello, ni rompérselo al otro y que sienten un enorme respeto por sus "mortales rivales"...Qué dicho sea de paso, suelen ser algunos de sus mejores amigos.

Procédase asímismo a la intervención y precintado de la cadena televisiva que emite tamaño disparate y al embargo preventivo de sus bienes...


Doy fé